Es la asociación política soberana que dispone de un territorio propio, con una organización específica y un supremo poder facultado para crear el derecho positivo.
Aclaro que cualquier ciudadano pudiera impugnar las adendas, por improcedentes, si es que no hay justificación para ellas, inclusive, de acuerdo al derecho positivo.
Y crítica la operación contraria que sería troquelar las piezas para que formen un dibujo preestablecido y delimitado desde el derecho positivo dominante y aniquilador.