La tradicional protección de la indemnidad patrimonial del asegurado como principal finalidad de los seguros de responsabilidad civil ha perdido vigencia.
Los representantes legales de las compañías aseguradoras están en la obligación de adecuar los clausulados de sus pólizas de cumplimiento y de responsabilidad civil a las disposiciones de este decreto.
Muchas aseguradoras dan asistencia en servicios urgentes de plomería, electricidad, cerrajería y seguridad; responsabilidad civil y accidentes personales.
Las fuentes obligatorias son: las responsabilidad civil y los cuasicontratos; las fuentes voluntarias son: obligaciones delictuosas y cuasidelictuosas.
Basta, pues, que haya visos de verosimilitud en la demanda sobre los requisitos de la responsabilidad civil, especialmente sobre la antijuridicidad, los perjuicios y la causalidad.