Estas obligaciones y derechos, por virtud de la sentencia de cancelación, se desincorporan del título antiguo, para reincorporarse en el título sustituto.
Si en ese contrato usted estipulo que le pagará al empleado si usted incumple alguna de sus obligaciones el empleado está en todo el derecho de ser indemnizado.
También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
Pero en todos casos hará que sobreestimemos el ahorro real, y por tanto, la política de obligaciones, así medida, será menos efectiva y menos eficiente.