Puede incluir terminación de proyectos existentes, líneas de productos o giros comerciales; reembolsos o retiro de deudas pendientes y adquisiciones planeadas.
El usufructuario podrá retener la cosa fructuaria hasta el pago de los reembolsos e indemnizaciones a que, según los artículos precedentes, es obligado el propietario.
Desde el punto de vista de los intereses rionegrinos comenzar a reclamar con mucha más fuerza la reimplantación de los reembolsos por puertos patagónicos.