Si la persona ha fallecido por alguna enfermedad infecto-contagiosa, debería ser incinerada con urna, independiente del procedimiento que se utilice en el crematorio.
Certificado médico de ambos contrayentes, en el que conste que no padecen de enfermedades infecto-contagiosas incurables o defectos físicos para procrear.
Lo llamamos lóbado vulgarmente, pero es la enfermedad de carbunco sintomático, y gangrena efisematosa-gaseosa, que es infecto-contagiosa, del ganado vacuno especialmente.