Si el vendedor desea estimular el deseo de su candidato, deberá mantenerse en guardia contra toda impropiedad de expresión, tanto como contrato de manera fortuita o incierta de presentación.
El sentimiento de no haber obtenido o mantenido por los propios medios lo que se posee o utiliza, constituye, en cambio, lo que denominamos sentimiento de impropiedad.