Si los bienes resultaren insuficientes para responder a todas las obligaciones, los que el deudor adquiera posteriormente serán cedidos también hasta cubrir los saldos insolutos.
Revisar los movimientos operados en las cuentas corrientes entre compañías coaseguradoras o co-reaseguradoras, así como los saldos de las mismas y los riesgos cubiertos.