Yo pienso que los que examinaron en junio no tienen más opción que enviar las atestaciones que le van a dar hoy junto con una nota explicativa de la situación.
Aquellos rechazos que se produjeran motivados en la presentación de documentación material o ideológicamente falsa o que contengan atestaciones apócrifas implicarán una prohibición de reingreso de cinco (5) años.
En cuanto al valor tan enigmático de la atestación, in cluso de la ejemplaridad en el testimonio, he aquí una primera pregunta, sin duda la más general.